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Implementación facturación electrónica SPD


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Preguntas y respuestas sobre la implementación de la facturación electrónica de los servicios públicos domiciliarios

Hablar de facturación electrónica no es nuevo para EPM. La empresa mantiene un compromiso permanente con la adopción de mejores prácticas que le permitan responder a los retos del entorno y mejorar la eficiencia de sus procesos. En este contexto, a partir de octubre de 2020, puso en marcha la primera ola para implementar el ecosistema de Facturación Electrónica, que tuvo como alcance la emisión de facturas de bienes y servicios diferentes a servicios públicos domiciliarios y recepción de los documentos electrónicos (facturas o notas CR/DB) remitidos por los proveedores y contratistas.

A partir del 1 de agosto de 2024 y, de acuerdo con las resoluciones DIAN 165 de 2023 y 008 de 2024, EPM iniciará la segunda ola de la facturación electrónica, que corresponde a los servicios públicos domiciliarios, a través del documento equivalente electrónico (comúnmente conocido por nuestros clientes y usuarios como factura) y no implicará cambios en el medio actual de entrega de dicho documento. Los clientes continuarán recibiendo su factura de la manera como lo hacen hoy: a) física en su domicilio (hogar o empresa), b) por correo electrónico (Factura Web – requiere inscripción) o, c) WhatsApp (Ema Contacto Digital – requiere inscripción).

Para el caso de los clientes que tienen instalaciones en los mercados no regulados de energía y gas o para los grandes consumidores de acueducto, estas facturas se convirtieron en facturas de venta electrónicas en octubre del 2020 y no tendrán cambios en este momento.

EPM, actuando bajo los lineamientos de transparencia, legalidad y respecto por la ley, estará atenta y se acogerá a las disposiciones de los organismos de vigilancia y control cuando haya lugar, en aras de cumplir con la normatividad y satisfacer a sus clientes. Ser facturadores electrónicos también hace parte de nuestro compromiso con el cuidado del ambiente. 

 

1. ¿Cómo se facturan actualmente los servicios públicos en EPM?

Actualmente EPM factura los servicios públicos a través de un documento equivalente (comúnmente conocido como factura).

 

2. ¿Cómo se facturarán los servicios públicos en EPM, a partir del 1 de agosto de 2024?

EPM facturará los servicios públicos a través de un documento equivalente electrónico para servicios públicos (comúnmente conocida como factura) y no implicará cambios en el medio actual de entrega de dicho documento.  El cliente continuará recibiendo la factura: a) física en su domicilio, b) por correo electrónico (Factura Web) o, c) WhatsApp (Ema Contacto Digital).

 

3.¿Cuál es la diferencia entre facturación digital y facturación electrónica?

 Facturación digital: Es el PDF que se entrega por un medio electrónico a los clientes. 

 Facturación electrónica: es la que se genera, transmite (a la DIAN para validación previa), valida, expide y conserva de forma electrónica a través de un archivo en formato XML y su envío está acompañado de una representación gráfica (PDF). 

A partir del 1 de agosto de 2024 todas las facturas de servicios públicos serán electrónicas, sin importar el medio a través del cual el cliente la reciba: física en su domicilio o lo que hoy se denomina facturación digital, ya sea por correo electrónico (Factura Web) o por WhatsApp (Ema Contacto Digital).

 

4. ¿Qué debe hacer un cliente para recibir su factura electrónica por un medio digital?

Para recibirla por correo electrónico el cliente debe registrarse en nuestro portal de pagos Factura Web, donde podrá inscribir todos los contratos que necesite, además de los beneficios adicionales de este servicio.

Para recibirla por WhatsApp, el cliente debe agregar en su lista de contactos, la línea de Ema nuestro contacto digital 3023000115, iniciar una conversación y seguir las instrucciones.

En caso de optar por uno de los anteriores medios de entrega, el cliente dejará de recibir su factura física. 

 

5. ¿La factura de servicios públicos domiciliarios se verá igual o tendrá cambios?

Dentro de la aplicación de la norma tributaria se identificarán los siguientes atributos adicionales a la información que actualmente muestra la factura:

·       La factura estará denominada o nombrada como “Documento equivalente electrónico de servicios públicos domiciliarios”.

·       Incluirá el CUDE (Código único de documento electrónico) asignado por la DIAN a cada documento. 

·       Código QR que almacena la información de la facturación y permite la consulta a través de dispositivos móviles.